Recomendaciones para evitar sustos o conflictos a la hora de cobrar el premio
El sorteo extraordinario de la Lotería de Navidad repartirá este año 2.408 millones de euros, 70 millones más que el año pasado al ponerse en circulación una emisión mayor de décimos. Sin embargo, la cuantía de los premios será la misma: el Gordo recibirá 4.000.000 de euros a la serie (400.000 al décimo); el segundo premio, 1.250.000 euros a la serie (125.000 al décimo) y el tercero, 500.000 euros a la serie (50.000 al décimo).
La lotería mantiene la esencia con la que nació hace 211 años, una forma de compartir la ilusión y de dar la bienvenida a la Navidad. De los 170 millones de décimos que se ponen a la venta, solo obtendrán premio 15.304 dígitos, un 10% de los afortunados serán por reintegros. La probabilidad de ganar algo más que la devolución es ligeramente superior al 5%.
Recomendaciones para cobrar el premio
Los premios hasta 2.000 euros se cobran en cualquier administración de loterías autorizada presentando el décimo premiado para cobrarlo. No es necesario identificarse.
Los premios iguales o superiores a 2.000 euros solo se abonan en los bancos colaboradores de Loterías y Apuestas del Estado. La entidad financiera pedirá la identificación del ganador o de todos los partícipes si se tiene que repartir el premio y el décimo quedará en custodia en el banco hasta que se haya verificado su validez y tramitado el cobro con la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (Selae), descontando los impuestos que correspondan.
El plazo de cobro es inamovible y casi sin excepciones: tres meses a partir del día siguiente a la fecha del sorteo.
Solo hay dos motivos para superar este plazo. En los billetes rotos o deteriorados, ya que si se duda sobre su validez o hay sospechas de falsificación este periodo queda suspendido hasta que se determine su validez y se resuelvan los posibles recursos. Y por orden judicial, cuando existe una disputa respecto a quién pertenece realmente un premio de lotería o quienes lo jugaban, el plazo de caducidad queda interrumpido hasta que se dicte resolución o sentencia judicial en firme.
Es típico jugar con participaciones emitidas por peñas, asociaciones o colectivos. Muchos creen que al pasar los tres meses no tienen derecho a cobrar, pero no es así. Las participaciones no están sujetas al reglamento de Loterías, así que no se les aplica el plazo de cobro legal. Las asociaciones o peñas sí tienen que cobrar los décimos premiados en tres meses.
Impuestos y repercusiones legales
Depende del importe del premio. Si es superior a 40.000 euros, se aplicará una retención automática del 20 % por Hacienda.
A quienes les toca un décimo del Gordo de Navidad valorado en 400.000 euros, sobre el